La iniciativa fue aprobada tanto en la Comisión de Constitución como en la Sala de la Cámara, siendo despachado al Senado para continuar con su segundo trámite constitucional
El diputado Andrés Celis destacó la aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto, impulsado por la bancada de Renovación Nacional, que modifica la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, subrayando que esta reforma era necesaria frente al aumento sostenido de delitos graves cometidos por menores de edad y la sensación de impunidad que existe en la ciudadanía.
Al respecto, el parlamentario RN señaló que «este proyecto es muy sensato, ya que, con la ley actual, un menor de 16 pero mayor de 14 años que mata, viola, secuestra con homicidio o mata a un carabinero, por ejemplo, solo cumple 5 años de cárcel. No estamos bajando la edad de responsabilidad ni asimilando a los adolescentes a los adultos, solo aumentando las sanciones en casos de reincidencia y de crímenes graves”.
El diputado agregó que esta aprobación representa un paso importante para dar mayor seguridad a las familias. “Con esto, hemos dado una señal clara de que los delitos graves no pueden quedar en sanciones mínimas, incluso si los cometen adolescentes. La justicia tiene que ser proporcional al daño causado y esta reforma apunta en la dirección correcta”, puntualizó.
Según cifras del Ministerio Público, las causas por delitos cometidos por adolescentes han superado las 40.000, lo que representa un aumento cercano al 100% entre 2021 y 2024. Además, muchos de estos delitos se cometen de forma violenta, utilizando armas o con participación en redes del crimen organizado.
En definitiva, esta medida establece sanciones más drásticas en 14 delitos de mayor gravedad, entre los que se cuentan secuestro, violación, homicidio, robo con violencia e intimidación, así como el asesinato de policías.
Cabe destacar que las principales modificaciones se incluyen elevar el máximo de pena privativa de libertad para adolescentes de 14 y 15 años de 5 a 10 años; aplicar la pena prevista en la ley penal sin rebajarla en un grado; cambios en la internación provisoria; sanciones más estrictas por quebrantamiento de condena; participación de la víctima en solicitudes de remisión o sustitución; y la imposibilidad de considerar irreprochable conducta anterior si el adulto reincide tras haber sido condenado en régimen adolescente.
